La Comisión Propia de Evaluación (CPA) fue constituida por todas las instituciones de educación superior en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 10.861/2004 (Ley del SINAES), teniendo como principal atribución la "coordinación de los procesos internos de evaluación de la Institución, de sistematización y de prestación de la información solicitada por el Inep".
Esta comisión obedece a las siguientes directrices:
I - constitución por acto del dirigente máximo de la Institución de educación superior, o por previsión en su propio estatuto o reglamento, asegurando la participación de todos los segmentos de la comunidad universitaria y de la sociedad civil organizada, y prohibiendo la composición que privilegie la mayoría absoluta de uno de los segmentos;
II - actuación autónoma en relación a consejos y demás órganos colegiados existentes en la Institución de Educación Superior.
Se trata de una comisión de representación académica y debe establecer un vínculo entre el proyecto de autoevaluación institucional y el conjunto del sistema nacional de educación superior brasileño.
Los resultados de la autoevaluación institucional constituirán un referente básico de los procesos de regulación y supervisión de la Educación Superior, incluyendo el credenciamiento y recredenciamiento de instituciones, así como la autorización, el reconocimiento y la renovación de reconocimiento de cursos de Grado.
Como exigencia legal, la CPA, en asociación con el Seai, desarrolla en dos momentos principales:
- Evaluación Interna o Autoevaluación – conducida en asociación CPA/Seai;
- Evaluación Externa – realizada por comisiones externas designadas por el Inep y acompañadas por la CPA/Seai.
Atribuciones
I. Evaluar los procesos y resultados de la Evaluación Institucional que formarán parte del informe de la autoevaluación institucional.
II. Analizar informes, elaborar dictámenes y enviar recomendaciones a las instancias competentes.
III. Elaborar informe de autoevaluación institucional.
IV. Formular propuestas para el perfeccionamiento y desarrollo de las actividades institucionales, en relación con la enseñanza, la investigación y la extensión.
V. Sistematizar y prestar información que será enviada a los órganos competentes.
VI. Realizar reuniones ordinarias y, cuando sea necesario, extraordinarias.
La CPA tiene actuación autónoma en relación a los consejos y demás órganos colegiados de la Institución, de acuerdo con el artículo 11, inciso II de la Ley nº 10.861/2004 (Ley del SINAES).
Para la planificación y sistematización de sus actividades, la CPA atenderá a las recomendaciones de la Comisión Nacional de Evaluación de la Educación Superior, Conaes, del Instituto Nacional de Estudios y Investigaciones Educativas, Inep, y del Ministerio de Educación, Mec.
Reglamento
Resolución 11/2021/CONSU que aprueba la modificación del Reglamento de la Comisión Propia de Evaluación de la UNESC y deroga disposiciones contrarias.
Comisión
Cambio de portaría: Portaría 45/2024/Rectoria
Representantes Docentes:
Thiago Henrique Almino Francisco (Coordinador)
Guiomar da Rosa Bortot
Ângela Costa Piccinini
Ioná Vieira Bez Birolo
Representantes Técnicos Administrativos:
Anne Marie Scoss
Clarita Maria Torquato
Marlete Borges Cechella
Carla Cristina Casagrande Monteiro
Representantes de la Sociedad Civil Organizada:
Maria Julita Volpato Gomes – Asociación Empresarial de Criciúma
Daniela Chagas Pacheco Garcia – Miembro del Consejo Municipal de Educación de Criciúma
Rosini Cristina Agostinho da Silva Guimarães – Coordinación Regional de Educación de Criciúma
Representantes Estudiantiles:
Caion Alves Rodrigues - Medicina (Grado)
Izadora Behenck Cardoso – Ingeniería Civil (Grado)
Douglas Costa da Silva – Derecho (Grado)
Eliton Pires – PPGDS (Posgrado)
Contacto
Comisión Propia de Evaluación – CPA
Ubicación: Edificio de la Rectoría, 2° Piso
Recepción: (48) 3431.2721
Correo electrónico: cpaunesc@unesc.net